Obligados a utilizar Libros Electrónicos 2020

11.04.2020

¿Qué periodos debo sumar para saber si estoy obligado a utilizar libros electrónicos?

La regla menciona lo siguiente:


Deberás sumar tus ingresos declarados en el Declara Fácil o PDT 621 de los periodos Mayo 2018 - Abril 2019.

Por otra parte, si dichos ingresos superan las 75 UIT (S/ 311,250), estarás obligado.

LIBROS ELECTRÓNICOS 2020

LO ANTES MENCIONADO ESTÁ TIPIFICADO EN EL RESOLUCIÓN SUPERINTENDENCIA 361-2015, DONDE SE ESTABLECE LOS CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A UTILIZAR LOS LIBROS ELECTRÓNICOS PARA LOS EJERCICIOS 2020 Y EN ADELANTE.

La resolución mencionada agrega el nuevo numeral 2.4 del artículo 2 de la Resolución Superintendencia 379-2013 que menciona:

2.4 Adicionalmente a los sujetos a que se refieren los numerales anteriores, estarán obligados a llevar los registros de manera electrónica, por las actividades u operaciones realizadas a partir del 1 de enero de cada año, del 2017 en adelante, los sujetos que al 1 de enero de cada año, cumplan con las siguientes condiciones:
g) Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT, en el periodo comprendido entre el mes de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior.
g.1 Se utiliza como referencia la UIT vigente para el año precedente al anterior al del inicio de la obligación.

Declaraciones Mensuales - Declara Fácil

Los ingresos a verificar se tomarán de las declaraciones mensuales realizadas, llámese Declara Fácil, PDT 621 o Formulario Virtual 621.

Para esto debes sumar las siguientes casillas:

  • Las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621.
  • La casilla 100 del Formulario Virtual Nº 621.

No tendría que revisar la Declaración Anual 2019 No, la norma antes mencionada hace mención a las casillas del Declara Fácil o PDT 621.

La semana pasada acabo de presentar mi PDT Abril 2019

¿Puedo saber si estaré obligado a utilizar los libros electrónicos?

Es correcto, si ya declaraste el periodo abril 2019, ya puedes responder tu pregunta.

Cronograma Libros Electrónicos 2020

A la fecha ya están disponibles los cronogramas de libros electrónicos para el ejercicio 2020, debes tener claro qué cronograma utilizaras.

El cronograma Tipo B lo utilizaran los contribuyentes obligados a usar los libros electrónicos a partir del 2020.

Por otra parte, los contribuyente que vienen utilizando libros electrónicos actualmente, para el ejercicio 2020, tendrán que cumplir el cronograma Tipo A.

Cronograma Tipo A Libros Electrónicos 2020

        Cronograma Tipo B Libros Electrónicos 2020


Preguntas Frecuentes Libros Electrónicos

Actualmente llevo contabilidad completa, y estoy obligado a llevar libros electrónicos 

¿Qué libros debo llevar electrónicamente?

Solo estarás obligado a llevar el registro de compras y registro de ventas en formato electrónico.

Por otra parte, solo si eres un contribuyente PRICO, estarás obligado a llevar en formato electrónico el Libro Diario y Libro Mayor en formato electrónico.

¿Puede afiliarse voluntariamente a los libros electrónicos?

Es correcto, puedes afiliarte voluntariamente. 

Tener presente que tu cronograma será el Tipo A.

¿Si llevo comprobantes de pago electrónico, debo llevar libros electrónicos?

No necesariamente, son dos obligaciones totalmente distintos. 

Puedes implementar comprobantes de pago electrónico y no estar obligado a llevar libros electrónicos.

¿Qué pasará con mis libros manuales una vez que lleve libros electrónicos?

Muy buena pregunta.

Recuerda que debes cerrar tus libros y/o registros contables de formato manual o computarizados.

Conclusión

  1. Si ya realizaste tu declaración mensual mediante el Declara Fácil o PDT 621 del periodo Mayo 2018 - Abril 2019, verifica si estarás obligado a usar los libros electrónicos a partir del 2020.
© 2020 Pablo Siloé. Todos los derechos reservados.
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