Multa por no contratar el Seguro de Vida Ley

25.04.2020

¿Qué pasa si no contrató el seguro de vida ley?

Pues que crees ... lo más seguro es que cosas buenas no van a pasar.

Como es sabido, desde el día 11 de febrero de 2020 entró en vigor lo mencionado en el Decreto de Urgencia N° 044-2019, que obliga a las empresas a contratar un seguro de vida ley para sus trabajadores desde el inicio del vínculo laboral.

  • Seguro de Vida Ley [Actualizado 2020]

Es comprensible que estas nuevas obligaciones aumentarán los costos laborales para las empresas, por lo tanto, tendrán que compensarlo con algunas estrategias o técnicas de ahorro.

Multa por no contratar el Seguro de Vida Ley

¿Cuánto es la multa por no contratar el seguro de vida ley?

En lo personal no me preocupa el monto de la multa, sino más bien por lo que pasa si no contratas este seguro y llegara a ocurrir un accidente a uno de tus trabajadores.

En primer lugar, respondamos la consulta sobre la multa.

Revisemos el numeral 24.12 del artículo 24 del Decreto Supremo Nº 019-2006-TR:

Son infracciones graves, los siguientes incumplimientos:

No contratar la póliza de seguro de vida, no mantenerla vigente o no pagar oportunamente la prima, a favor de los trabajadores con derecho a éste, incurriéndose en una infracción por cada trabajador afectado.

Por lo tanto, no contratar el seguro de vida ley, origina una infracción grave.

Finalmente, revisaremos el cuadro de sanciones laborales actualizado para el año 2020.

  • Multas Laborales en una inspección laboral [Actualizado 2020]

Multa para Microempresas

Una empresa con 10 trabajadores afectados:

  • La multa es: 0.45 (UIT): S/ 1,935 soles.

Multa para Pequeña Empresa

Una empresa con 10 trabajadores afectados:

  • La multa es: 0.59 (UIT): S/ 2,537 soles.

Multa para Empresa no Mype

Una empresa con 10 trabajadores afectados:

  • La multa es: 1.57 (UIT): S/ 6,751 soles.

Obligaciones del Empleador

Desde mi punto de vista, el mayor problema de no pagar el seguro de vida ley es que la empresa tendrá que asumir el pago de las indemnizaciones en caso de accidente o fallecimiento del trabajador.

¿Cuál es la base legal de lo que mencionas?

Te invito a revisar el segundo párrafo del artículo 7 del Decreto Legislativo 688:

El empleador está obligado a tomar la póliza de seguro de vida y pagar las primas correspondientes. En caso que el empleador no cumpliera ésta obligación y falleciera el trabajador, o sufriera un accidente que lo invalide permanentemente, deberá pagar a sus beneficiarios el valor del seguro a que se refiere:

  • Muerte Natural: 16 remuneraciones mensuales
  • Muerte Accidental: 32 remuneraciones mensuales
  • Invalidez Total o Permanente: 32 remuneraciones mensuales

Caso Práctico Seguro de Vida Ley

Miguel Torres labora como guachimán con una remuneración de S/ 2,300 soles mensuales en la empresa Noticiero Contable, esta última no acata la obligación de contratar el seguro de vida ley.

Luego de unos días, unos venezolanos intentar robar la empresa, y Miguel, al intentar repeler el ataque es asesinado por cuatro disparos.

Bajo esta premisa, la empresa además de pagar la multa por no contratar el seguro de vida ley, deberá asumir el costo del pago de la indemnización, el cual equivale a 32 remuneraciones (muerte accidental): S/ 73,600 soles.

Conclusión

  • No contratar el seguro de vida ley origina una infracción laboral y además que la empresa tenga que asumir el costo del pago de las indemnizaciones.

FUENTE: Noticiero Contable


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